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QJ PARA A2: LOS LÍMITES NO TIENEN POR QUÉ SER ABURRIDOS

El ser humano siente una aversión natural a los límites. Llevamos en nuestros genes cruzarlos, ver siempre que hay más allá… y eso nos ha convertido en exploradores, científicos y artistas.

Claro que hay límites y límites …

Y aunque es verdad que la palabra “limitación” siempre tiene un componente peyorativo que la mayoría identifica con restricciones y prohibiciones, lo cierto es que -al menos por lo que respecta a QJ- la palabra puede significar también diversión, aventura y nuevas expectativas.

Porque las versiones limitadas de cualquiera de los modelos QJ son casi igual de apasionantes que sus hermanas sin limitar.

Claro que para entender eso hay que entender primero cómo funciona la legislación española.

Cuando hablamos de una moto “limitada” o de una moto para “carnet A2” estamos diciendo que se trata de una máquina cuyo motor ha sido ajustado para entregar como máximo 35 kW de potencia, que equivalen a 48 CV. (Si la versión sin limitar del modelo tiene más de 70 kW -equivalente aprox. a 95 CV- ese motor no puede homologarse como limitado a 35 kW, aunque es un supuesto poco frecuente ya que está pensado para el caso de motos superdeportivas de altas prestaciones).

La limitación se hace a través de la centralita electrónica de la moto por lo que se trata de una operación reversible acudiendo a los servicios oficiales de la marca, en el caso de que el propietario desee “liberar” el motor cumpliendo los requisitos legales para ello (dos años más de experiencia, el correspondiente curso y pasar la ITV). Conviene hacer notar que hay algunos países -como Portugal- en los que la limitación es irreversible, a diferencia de lo que -como hemos dicho- ocurre en España.

Mientras llega ese momento no hay que preocuparse: cualquier motociclista veterano afirmará sin problemas que 48 CV ya son de por sí más que suficientes para pasárselo muy bien con una moto de última generación como es cualquiera de las QJ.

Sin embargo, y llegados a este punto, hace falta explicar algo más para justificar la atrevida afirmación de que una moto limitada puede ser tan divertida como otra sin limitar y eso nos obliga a diferenciar entre “potencia” y par”.

  • La Potencia determina la velocidad a la que puede moverse el vehículo con el motor trabajando al máximo de sus posibilidades.
  • El Par es la fuerza que ha de hacer ese motor para mover el vehículo en sí mismo.

La distinción es muy importante porque la ley limita la potencia, pero no el par motor, de modo que lo que hacen los fabricantes y por supuesto QJ es mejorar el par de sus motos A2 para que entreguen mucha aceleración y una buena recuperación en todo el rango de potencia disponible.

En el catálogo de QJ Motor encontramos tanto las versiones A2 como las versiones para carnet A sin limitar de sus modelos Adventure de gran y media cilindrada; las SRT 800 Special Version, y las SRT 700, On Road y Trail, y las Street SRK 700.

Claro que, obviamente, la limitación desde una potencia superior no es la única vía de acceso a motos A2. En la gama QJ existen ya modelos con la potencia reglamentaria de 35 kW desarrollada de serie como es el caso de las 125, además de las Trail SRT 550X, On Road SRT 550, SRV 550, SRK 400 y la custom SRV 300.

Esperamos haber aclarado algunas dudas sobre las motos limitadas y deslimitadas para que encuentres la moto QJ que ajuste a tus necesidades. Aun así, la Red de Concesionarios Oficiales QJ Motor está a tu disposición para cualquier otra consulta.

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